Suelo

Ley de Conservación de Suelos Nº 8936 y Decreto Reglamentario


Declara de orden público en el territorio de la provincia la conservación de los suelos y la prevención del proceso de degradación. Prevé sanciones para el productor que no cumpla las obligaciones prescriptas en los arts. 7 y 8 (acciones de prevención, conservación y recuperación de suelos), las que serán aplicables simultánea o alternativamente, a criterio de la Autoridad de Aplicación. Asimismo, establece la responsabilidad profesional solidaria e ilimitada de los profesionales que hubiesen falseado u ocultado los hechos en la documentación que deban suscribir, en caso de connivencia dolosa con los titulares de los estímulos, sin perjuicio de las sanciones ético-disciplinarias que les pudiera corresponder.
 

Protocolo de Habilitación de Equipos Terrestres

 ASESOR FITOSANITARIO

Cupón de Inscripción y/o Habilitación anual

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