Buenas Prácticas Ambientales2023-10-19T12:43:01-03:00

COORDINADOR
Ing. Agr. Gustavo Moretti | MP: 2424

Contacto
comisionbpa@ciacordoba.org.ar

La comisión funciona con la finalidad de que los colegas obtengan herramientas y conocimientos mínimos para el manejo ambiental. La comprensión del significado de Impacto Ambiental y su cuantificación debe ser una herramienta más del campo laboral de los colegas, debiendo garantizar así el recurso natural para generaciones.

El Desafío Ambiental que nos compete como ingenieros agrónomos excede nuestra comprensión del Ambiente como tal; debemos salir de nuestro círculo de confort y empezar a ser actores intermediarios entre la Producción y la parte social del Ambiente.

Nuestro planteo debe ser poner garantías desde la profesión para respaldar el uso de fitosanitarios sin impactar al ambiente, en especial a la población urbana. La Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208, exige la implementación de Planes de Gestión, y otros capítulos a reglamentarse, que deberían concordar con la Ley Nº 9164 de productos Fitosanitarios, instrumento que posee un potencial enorme si logramos desarrollarlo al máximo de su expresión.

Los lineamientos de trabajo de la comisión son:

  1. BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS. Aquí se visualizó una necesidad constante de demostrar los procesos que se realizan en las distintas producciones y garantizar la inocuidad de los alimentos, y la no degradación de los recursos.

  1. INTERVENCIÓN DE BOSQUES NATIVOS Y REFORESTACION. Se planteó la falta de forestaciones nuevas y producciones forestales. Además la falta de información o criterios a la hora de cumplir con la ley de presupuestos mínimos en las intervenciones de bosques nativos.

  1. APLICACIONES PERIURBANAS. Debido a los conflictos conocidos, se planteó poner garantías desde la profesión para respaldar el uso de fitosanitarios sin impactar al ambiente, en especial a la población urbana. Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208, exige la implementación de Planes de Gestión, y otros capítulos a reglamentarse, que deberían concordar con la Ley Nº 9164 de productos Fitosanitarios.

  1. ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO. Se detectó una necesidad de unificar criterios y parámetros para empezar a definir el uso del suelo, y así ordenar las actividades de todo tipo en el territorio cordobés. Esto esta requerido por la Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208.

  1. MANEJO Y APROVECHAMIENTO DE EFLUENTES O RESIDUOS PECUARIOS. Surgió un gran debate en torno al aprovechamiento agronómico de los efluentes como abonos o fertirriego. Se coincidió que se debe adecuar las normativa para poder usarlos legalmente, ya que las producciones lecheras, avícolas, porcinas y feed lot en muchos casos no hacen aprovechamiento, pero los que si avizoran la necesidad de reciclar nutrientes y poseen las tecnologías no poseen un aval de la normativa.

  2. BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA. Se mencionó la importancia de la participación de los colegas en la elaboración, procesamiento y fabricación de alimentos, subproductos para alimentación tanto animal como para humanos.

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Por |13 septiembre, 2023|
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